La norma refuerza los derechos de los viajeros discapacitados Los ministros de Transporte de la Unión Europea alcanzaron el pasado viernes un acuerdo político sobre una norma que prevé indemnizaciones para los pasajeros de barcos afectados por retrasos y cancelaciones y refuerza los derechos de los viajeros discapacitados, a los que las navieras no podrán denegar el embarque y deberán prestar asistencia. El reglamento en cuestión, que recoge derechos que ya se habían reconocido a los pasajeros aéreos y a los de tren, todavía tiene que ser ratificado por la Eurocámara.
El compromiso fue posible gracias a que se retrasó tres años la entrada en vigor de estos derechos y se redujo su ámbito de aplicación. No cubrirá a los barcos con menos de 37 pasajeros, o que tengan menos de tres tripulantes ni tampoco a los barcos que realicen circuitos turísticos, excepto los cruceros.
En caso de cancelación o retraso de más de dos horas de un servicio de transporte marítimo o un crucero, la empresa responsable está obligada a ofrecer a los viajeros comida y hotel si éste se ve obligado a pasar una noche suplementaria en puerto. No obstante, el coste total del hotel queda limitado a 120 euros.
Además, si se cancela un viaje, el transportista debe ofrecer al pasajero dos alternativas: o la conducción al destino final en la primera ocasión que se presente o el reembolso del precio del billete y, si procede, un servicio de vuelta gratuita al primer punto de partida.
Por otro lado, sin renunciar a su derecho al transporte, los pasajeros podrán solicitar a la empresa una indemnización por retraso. La indemnización oscilará entre el 25% y el 50% del precio del billete, dependiendo de la duración del retraso. No se concederán compensaciones si el retraso o cancelación se debe a causas imputables al pasajero o a condiciones meteorológicas que hayan entorpecido el servicio y que no se puedan evitar.
Diario Agenttravel (13/10/2009)
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